Cada vez son más las personas que deciden denunciar acoso laboral o mobbing. Se trata de un tipo de discriminación o maltrato laboral padecido por un empleado.
De acuerdo a las estadísticas, cerca de un 80% de la población española manifiesta haber sufrido acoso laboral alguna vez. Asimismo, existe de un 10 a 15% de trabajadores que actualmente padece esta situación.
Esto es un delito y puede ser severamente castigado por la ley. Pero, es curioso que, según los datos, menos del 10% de los afectados lo denuncia.
Puede que la baja cantidad de denuncias de este delito sea debida al miedo a represalias o falta de información. En cualquiera de los casos es importante que la víctima entienda que nadie merece esta situación.
En este artículo, te daremos información para reconocer el acoso laboral, los tipos que existen, cómo entablar tu denuncia y más. Por eso te invitamos a quedarte hasta el final. Sigue leyendo!!
Índice
- ¿Qué es el mobbing o acoso laboral?
- ¿Cuándo existe una situación de acoso laboral?
- Tipos de Acoso Laboral
- ¿Cómo denunciar acoso laboral o mobbing?
- 1. Denunciar acoso laboral ante la Inspección de Trabajo
- 2. Denunciar mobbing ante la Jurisdicción Social
- 3. Hacer la denuncia por acoso laboral por vía penal
- 4. Denunciar acoso laboral por procedimiento Ordinario Laboral
- Costes de una denuncia por mobbing
- Requisitos para Denunciar Acoso Laboral
- Dictamen pericial a la persona acosada
- Testimonio de testigos presentes durante las acciones de acoso
- Interrogatorio tanto del presunto acosador como del empresario
- Documentación que refleje el acoso laboral
- Videos, grabaciones de audio o conversaciones de WhatsApp que demuestren el maltrato
- Recomendación adicional: Informe emitido por la Inspección de Trabajo
- ¿Puedo hacer una denuncia por acoso laboral sin tener pruebas?
- Demuestra que has sido víctima de acoso laboral con un test psicológico
- ¿Cómo conseguir una indemnización por acoso laboral?
- ¿Qué hacer para conseguir la baja por acoso laboral?
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¿Qué es el mobbing o acoso laboral?
El Acoso Laboral o como también se le conoce Mobbing es un tipo de agresión sistemática en el entorno laboral.
El mobbing consiste en un tipo de agresión reiterada y continua por parte de un trabajador hacia otro. La agresión puede implicar violencia psicológica, agresiones verbales, burlas, amenazas, acorralamiento, destitución de un cargo o limitación de las funciones.
La agresión se lleva a cabo creando un ambiente laboral insoportable para el acosado, intimidándolo, reduciéndolo y consumiéndolo emocionalmente.
El maltrato recibido por la víctima atenta contra su integridad llegando a ocasionarle problemas psicológicos. En muchos casos el acosado puede llegar a sentirse merecedor o culpable de la misma situación que padece.
Pero esto está muy lejos de ser cierto, nadie merece este trato. Por ello, el acoso laboral es considerado un delito y está regulado por el Código Penal en su artículo 173.
¿Cuándo existe una situación de acoso laboral?
Para que una situación pueda ser considerada acoso laboral o mobbing es necesario que se cumplan las siguientes condiciones:
- El agresor muestra una actitud hostíl frente a la víctima atemorizándola.
- Se evidencian por parte del agresor desprecio, gritos, represiones, intromisiones, enfados hacia el acosado ridiculizándolo.
- El acoso laboral debe ser continuo y reiterado, debe basarse en hechos prolongados ocurridos sistemáticamente. No se toman en cuenta los hechos aislados.
- Se evidencia la intención de perjudicar la integridad o poner en peligro al acosado.
Tipos de Acoso Laboral
Existen varios tipos de acoso laboral. La clasificación de los tipos de mobbing puede estar basada en el cargo o posición del agresor en la empresa. Entre los que figuran están los siguientes:
Acoso vertical (acoso por parte del jefe)
También conocido como bossing, es el tipo de maltrato que se recibe por parte de una persona con cargo superior. El jefe o superior utiliza su poder de forma siniestra para crear un ambiento insoportable para la víctima. En esto casos es común observar que el superior limite a la víctimas en sus funciones y no le permita opinar.
Este tipo de acoso vertical también puede ser ascendente (mobbing ascendente). Es poco común pero también ocurre. Este implica el maltrato o abuso por parte de un empleado hacia su superior.
Acoso horizontal (acoso por parte de un compañero)
En el mobbing horizontal, el maltrato proviene de una persona que ocupa un cargo igual o similar al del acosado. Es decir, que este acoso se evidencia entre compañeros de trabajo.
Acoso Mixto
En este caso la situación es más grave porque, aunque comience como mobbing horizontal, la situación puede empeorar. Esto sucede cuando conociendo la situación, la empresa decide hacerse la vista gorda dejando que el maltrato continúe.
Acoso de forma Activa
La forma activa es aquella que implica gritos, represiones, insultos, obstaculización en el trabajo, intromisión, acusaciones falsas y humillaciones públicas.
Acoso de forma Pasiva
Esta modalidad de mobbing implica las siguientes acciones hacia el acosado:
- Exclusión.
- Falta de apoyo para realizar los trabajos que lo requieran.
- Restricción en el uso de materiales y/o equipos.
- La víctima no es tomada en cuenta para las jornadas de mejoramiento o adiestramiento imprescindible en la empresa.
- Poco acceso a la información de trabajo necesaria.
Acoso maternal
No solo se trata del caso de las embarazadas y las madres, sino de la mujer en general. Es muy común conocer de caso de féminas que perciben un menor salario o despidos, solo por ser mujer.
La situación empeora para aquellas que están embarazadas, las cuales pueden sufrir mobbing maternal. En este caso, el maltrato más común es la no contratación por embarazo.
Según los estudios, al menos el 16% manifiesta sentirse acosada por el hecho de ser mujer. Además, un 18% de las mujeres denuncian la existencia de presión sobre ellas durante el embarazo.
¿Cómo denunciar acoso laboral o mobbing?
Lo primero que debes saber es que no cuentas con un solo recurso para hacer tu denuncia por mobbing. Son varias las vías por las que puedes ponerle fin a esta incómoda situación. A continuación te presentamos las alternativas disponibles.
1. Denunciar acoso laboral ante la Inspección de Trabajo
En el ámbito contencioso administrativo se puede implantar una demanda por acoso laboral ante la Inspección de Trabajo. Al dirigirte ante esta institución puedes hacer tu denuncia para que se realice la investigación correspondiente.
El procedimiento requiere de la visita de un inspector a la empresa para contrastar los hechos de primera mano. Una vez recogida la información necesaria, la Inspección de Trabajo emite un informe que sirve como un excelente medio de prueba. Esto, claro está, se considera como información veraz, imparcial, objetiva y confiable.
Según lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 50 el afectado puede solicitar el cese del contrato.
Gracias a esta acción el trabajador puede dejar de trabajar sin ser afectado. Por el contrario, cuenta con derecho a exigir un indemnización equivalente por despido además de poder acceder al desempleo. (Más adelante te explicaremos detalladamente cómo obtenerla).
Adicionalmente, el afectado tiene el derecho de solicitar otra indemnización, pero en este caso por daños y perjuicios. Esta indemnización puede ser solicitada en dos casos:
- Cuando se hayan tomado las medidas pertinentes para dar fin al acoso laboral por parte de la empresa.
- Cuando el trabajador se encuentre en situación de incapacidad, ya sea temporal o permanente como consecuencia del acoso padecido.
3. Hacer la denuncia por acoso laboral por vía penal
El afectado puede entablar su denuncia por acoso laboral por la vía penal. De acuerdo a lo establecido en el Código Penal el agresor podría terminar en prisión. La pena establecida para alguien que haya incurrido en este delito va desde 6 meses a 2 años de prisión.
Esta pena es la establecida según el artículo 173 de código Penal para el delito de acoso moral laboral. Los casos más graves constituyen aquellos en los que el acosador se valga de su cargo para maltratar a su víctima.
4. Denunciar acoso laboral por procedimiento Ordinario Laboral
Este último procedimiento está dictaminado por la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LJS). En el mismo se establece que la víctima de acoso laboral puede demandar tanto al agresor como al empresario.
El procedimiento permite que el acosado realice ciertas solicitudes tales como:
- Traslado a otra sucursal o puesto de trabajo.
- Cambio en el horario o reducción de su jornada laboral.
- Suspensión de la relación laboral o de la prestación de servicios.
De acuerdo al caso y a las peticiones el Juez podrá dictar la sentencia estimatoria.
Costes de una denuncia por mobbing
Si estas en este punto, es porque estas animado a denunciar acoso laboral y poner fin a tu situación. Es necesario conocer los gastos derivados del proceso de demanda para terminar con el acoso.
Por esta razón debes consideras los siguientes escenarios, que pueden hacerte gastar un poco más:
- Pago por la realización de los informes periciales.
- Puede que no consigas una indemnización.
- Podrías perder el caso y aún así tener que pagar los honorarios de tu abogado.
- Te pueden negar la baja.
- El juicio podría alargarse más de lo esperado.
- Costes varios como burofax, desplazamientos, dietas…etc
Una vez conociendo estos detalles, tómalos en cuenta al proceder.
Requisitos para Denunciar Acoso Laboral
Para iniciar una denuncia, la víctima debe presentar pruebas que demuestren que verdaderamente el demandante ha padecido tal situación.
Este casi siempre es el primer obstáculo al que se enfrenta el acosado. El hostigamiento hacia la víctima puede llegar a tener un grado de sutileza tal, que no deja rastro. Además, el maltrato puede ser diferente en cada caso, por lo que estos deben estudiarse individualmente.
Es importante que la persona acumule las pruebas necesarias que demuestren este abuso desde el primer estadio del acoso.
También es necesario conocer los cinco medios de prueba de los cuales te puedes valer para que tu denuncia proceda. Estos cinco medios a conocer se describen a continuación:
Dictamen pericial a la persona acosada
El dictamen consiste en un informe realizado por un psicólogo o un médico. En dicho informe, el especialista concluye si ha existido una situación de acoso o no después de evaluar al trabajador. También, expresará si el maltrato ha dejado problemas en su salud.
Este tipo de informes constituyen una prueba para demostrar la existencia de acoso moral. De igual manera, puede demostrar secuelas tanto psíquicas como físicas generadas por el agresor.
El dictamen emitido por el especialista, además de fungir como un argumento más, también sirve para determinar una posible indemnización. Esta muchas veces es otorgada por perjuicios producto del acoso.
Testimonio de testigos presentes durante las acciones de acoso
Otra prueba muy utilizada en estos casos es el testimonio de los testigos que han presenciado los hechos. Al recurrir a este recurso es recomendable contar con pruebas adicionales, como grabaciones de audio, videos o documentación.
Esto, porque los compañeros, seguramente no querrán verse afectados, además de temer a posibles represalias por presentarse como testigos.
Interrogatorio tanto del presunto acosador como del empresario
Una vez proceda la demanda, durante el juicio está permitido interrogar tanto al demandado como acosador como al empresario. Las respuestas dadas por cada uno de ellos pueden ser de gran utilidad para tener certeza de los hechos imputados.
Adicionalmente, el interrogatorio permite determinar si el empresario ha gestionado correctamente el caso, o si por el contrario, ha dejado que la situación avance.
Como lo explicamos anteriormente, esta falta por parte del empresario conllevaría a un acoso del tipo Mixto. Esta situación supondría una agravante que pueden terminar perjudicando a la empresa.
Documentación que refleje el acoso laboral
Si cuentas con documentación que refleje el maltrato no dudes en utilizarla. Desde instrucciones por escrito hasta correos electrónicos en los que se observen conductas malintencionadas son de gran utilidad.
Ejemplo de estos, son los correos con insultos, amenazas, reiterados mensajes negativos, o indicaciones de trabajos forzados de manera intencional.
Incluso los correos sin contestación, enviados por la víctima pueden llegar a ser tomados en cuenta para el caso. Esto porque son una posible prueba de que el acosado está siendo excluido del ámbito laboral.
Videos, grabaciones de audio o conversaciones de WhatsApp que demuestren el maltrato
Este tipo de pruebas aun no están específicamente reguladas, sin embargo han sido admitidas en los Tribunales. Por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña reconoció la validez de ciertas pruebas tecnológicas que contribuyen a demostrar el acoso.
Las reconocidas hasta ahora son las imágenes, grabaciones de audio y conversaciones de WhatsApp que sean de utilidad como pruebas.
Claro está, la presentación de estas pruebas no deben suponer una vulneración de la intimidad de los involucrados. La presentación de dichas pruebas se realiza previa autorización de los interlocutores.
Recomendación adicional: Informe emitido por la Inspección de Trabajo
Es muy recomendable recurrir a la Inspección de Trabajo para conseguir un informe. Esto además de servir como prueba, se hace para poner a la empresa al tanto de la situación.
Una vez la empresa esté notificada del caso debe hacer una investigación, levantar un acta y redactar un informe. En este informe se debe presentar la evaluación final sobre la situación de acoso.
La ventaja de este informe es que por ser emitido por una institución pública contribuye como una prueba más confiable.
¿Puedo hacer una denuncia por acoso laboral sin tener pruebas?
Puede que ya hayas decido interponer una denuncia, pero no cuentas con las pruebas anteriores. Seguramente te preguntarás si tendrás éxito teniendo sólo el informe emitido por un psicólogo. Si esto es así, no te preocupes, solo necesitas obtener algunas evidencias.
Esto puede parecerte un poco complicado, pero recuerda que el éxito de tu denuncia depende de ello. Eso sí, es importante que sepas que muchas de las pruebas pueden no ser consideradas válidas ante el tribunal.
Aún así, considera estos recursos para conseguir evidencias:
- Acta emitida por la Inspección de trabajo.
- Fotografías que reflejen la agresión.
- Mensajes emitidos en redes sociales donde se evidencie el maltrato.
- Grabaciones del sistema de seguridad.
- Testimonio de compañeros de trabajo que hayan presenciado el acoso.
- Grabación de conversaciones entre las partes implicadas.
- Conversaciones en WhatsApp o correos donde se reflejen insultos o amenazas.
Demuestra que has sido víctima de acoso laboral con un test psicológico
Un test psicológico puede ser lo que necesitas para demostrar que has sido víctima de mobbing. El más efectivo es el peritaje forense en el que se puede determinar maltrato psicológico sí como físico. Esto suele hacerse mediante test diferentes.
El primero es el Informe pericial psicológico, para diagnosticar problemas psicológicos en el acosado. Este se enfoca en describir los traumas producidos por el maltrato como estrés, ansiedad o depresión, constituyendo un aporte para la denuncia. El segundo consiste en un Informe pericial médico, para detectar daños físicos.
Para determinar los daños ocasionados a la víctima se aplican tanto test psicométricos como entrevistas clínicas. Gracias a los métodos aplicados para su realización, estas pruebas cuentan con validez ante los tribunales.
Este informe, además de servir para demostrar el delito cometido, sirve para determinar la cuantía de una indemnización. Esto es gracias a que permite diferenciar entre casos de ansiedad o estrés producto del mobbing de las que no lo son.
¿Cómo conseguir una indemnización por acoso laboral?
Un trabajador puede pedir el cese de su contrato en caso de sufrir mobbing. Al quedarte sin empleo puedes comenzar a cobrar una prestación por desempleo. El cese de la actividad laboral, adicionalmente puede ir acompañado de un indemnización, si así lo exiges.
La indemnización puede llegar a ser equivalente al pago por despido improcedente. Para que tal indemnización pueda ser percibida se debe probar el maltrato ante el tribunal.
La cantidad a percibir por indemnización dependerá de los daños causados al acosado, los efectos que hayan tenido y la duración del maltrato. La cantidad no suele ser la misma ya que varía con cada caso. En algunos casos la indemnización puede llegar ser de hasta 30.000 euros.
¿Qué hacer para conseguir la baja por acoso laboral?
Antes de continuar con el hostigamiento que te genera depresión, ansiedad y angustia, es preferible darte de baja.
Para proceder necesitas solicitar un informe médico de baja y saber que vas a decir. Es indiferente el informe que solicites, ya sea de la seguridad social, de la mutua o cualquier otra entidad. Cualquiera de ellos te será de mucha utilidad para darle fin al acoso considerado como una contingencia profesional.
Al conseguir que te otorguen la baja debido a las secuelas del acoso laboral podrás exigir la contingencia profesional. Luego, presenta las pruebas del mobbing ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para hacer los cambios necesarios.
Ahora te preguntarás cuánto vas a percibir. De acuerdo a lo establecido en la ley la víctima puede recibir el equivalente al 75% de la base reguladora. En algunos casos particulares se puede conseguir el 100% si así está establecido en el convenio colectivo.
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